¿Cuáles son los gastos al comprar una vivienda?

Ahora que estamos a punto de entregar nuestra promoción de viviendas de obra nueva “Residencial La Granja León” te interesa saber cuáles son los gastos e impuestos que deberás afrontar. Igualmente, si piensas formalizar una hipoteca también conlleva ciertos gastos que tendrás que asumir. A continuación, te explicamos cuáles son y cómo puedes estimarlos. ¡Saca la calculadora!

Gastos e impuestos de la compraventa de una vivienda de obra nueva

IVA. La compra de una vivienda de obra nueva obliga al comprador a pagar el IVA. En España (excepto en las Islas Canarias), supone un 10% del precio total de la compraventa en el caso de viviendas libres, y el 4% en el caso de viviendas protegidas. Este impuesto se lo debes abonar al promotor, que te emitirá la factura correspondiente y se encargará de ingresar esa cantidad en Hacienda.

Gastos de notaría. La compra de una vivienda necesita una escritura pública, redactada y firmada ante notario. Sus honorarios (aranceles) están regulados por ley, es decir, todos los notarios cobran lo mismo por este servicio. El coste de estos aranceles varía dependiendo de la extensión de la escritura, del precio de la vivienda, de si tiene propiedades o garajes anexos, de la cantidad de titulares, etc, pero puedes estimar entre el 0,2% y el 0,5% sobre el valor del inmueble adquirido. Además, tendrás que pagar la copia autorizada de la escritura, y tantas copias simples como solicites.

Gastos de Registro. Para que la vivienda sea del comprador a todos los efectos hay que inscribirla en el Registro de la Propiedad, y esto tiene un coste, que también está estipulado legalmente, y dependerá del lugar en el que se ubique la propiedad y del precio de la compraventa. Aproximadamente el coste de la inscripción registral suele estar entre el 0,15 % y el 0,25% del valor de compraventa.

IAJD. El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados es un tributo que hay que pagar cuando se firma cualquier documento notarial y su coste depende de la comunidad autónoma. En el caso de Castilla y León, supone -con carácter general- un 1,5% del importe total de la compraventa. Deberás abonarlo en un plazo máximo de 30 días hábiles, a contar desde la firma de la escritura. Para ello, deberás hacer una autoliquidación, cumplimentando el impreso Modelo 600. Puedes realizar el pago presencialmente en la Junta de Castilla y León, o por Internet (siempre que tengas certificado digital o DNI electrónico).

Gastos de gestoría. La contratación de una gestoría que realice todos los trámites relacionados con la compraventa (el pago del IAJD, la notaría, la inscripción registral y demás papeleos) es opcional, aunque si financias la compra con una hipoteca, el banco te obligará a contratar los servicios de una gestoría, porque querrá asegurarse de que la vivienda se inscribe a tu nombre. Su coste dependerá de las tarifas de cada gestoría.

En este caso, deberás realizar una provisión de fondos (MUY abultada) unos días antes de la firma de la/s escritura/s. La gestoría utilizará ese dinero para pagar sus honorarios, así como las facturas del notario, del registrador y de Hacienda. Si sobra dinero, te lo devolverá cuando finalicen todos los trámites.

Gastos e impuestos al constituir una hipoteca

Si tienes pensado solicitar una hipoteca para comprar tu vivienda, también deberás tener en cuenta los gastos que ello conlleva.

Éstos han quedado considerablemente reducidos para el comprador desde la entrada en vigor la ley Hipotecaria 5/2019 que regula los contratos de crédito inmobiliario. Hay una serie de gastos (notaría, registro, Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y gestoría) que antes pagaba el comprador y que ahora deben pagar los bancos.

Por ley, solo tienes que pagar la tasación de tu vivienda y la copia simple de la escritura del préstamo. Pero estos gastos se pueden reducir aún más, ya que, si te subrogas a la hipoteca que haya constituido el promotor, te ahorrarás también la tasación (que habrá pagado el promotor).

¿Para qué sirve una tasación?

La tasación es un informe que sirve a las entidades bancarias para conocer el valor de la vivienda sobre la cual van a conceder un préstamo hipotecario.

No obstante, a la hora de constituir una hipoteca, también has de tener en cuenta los gastos que te cobrará la entidad bancaria, como la comisión de estudio y de apertura del préstamo, que puede llegar hasta el 2% del capital prestado, según lo que hayas pactado con el banco.

Consejo

A la hora de constituir una hipoteca, fíjate bien en la comisión por cancelación y/o amortización anticipada. Son comisiones mediante las cuales la entidad prestamista se resarce de la pérdida de ingresos que sufriría en caso de cancelarse o amortizarse anticipadamente el préstamo (al dejar de cobrarte esos intereses).

Además, es posible que constituir una hipoteca sobre tu vivienda conlleve unos costes asociados a otros productos asociados, como pueden ser el seguro de hogar, seguro de vida, planes de pensiones, etc. Debes saber que los bancos no pueden obligarte a contratar productos vinculados para concederte la hipoteca, pero pueden ofrecerlos para mejorar las condiciones del préstamo.

Recuerda

Como paso previo a la constitución de una hipoteca para la compra de una vivienda, debes acudir al notario para firmar el acta de transparencia. Es un requisito obligatorio y gratuito que deberás realizar entre diez y un día antes a la firma del préstamo.

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